“No hay variación en el horario de las restricciones comerciales y de libre tránsito”, Cuando exista algún cambio en este sentido, será informado por las vías oficiales”, informaron mediante un mensaje publicado en la cuenta del Ministerio de la Presidencia.
A través del decreto 698-20, el presidente Luis Abinader, dispuso que la medida será los días 24 y 31 de diciembre de siete de la noche a cinco de la madrugada, en lugares públicos y privados de uso público.
En estos días se permitirá el transito de vehículos desde lugares privados hacia las respectivas residencias, hasta la 1:00 de la madrugada.
El edicto mantiene las excepciones para personal médico, miembros de prensa, seguridad privada y responsables de distribución de mercancías como combustibles y alimentos.