A través de un comunicado, indica que con esta medida se da complimiento a la Ley 139-97, sobre la aplicación de los días no laborables. La clase trabajadora deberá reintegrarse a sus labores el miércoles 25 del mismo mes.
Explica que la celebración de esta fecha, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
En aquellas empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.