En cuatro acciones de inconstitucionalidad se atacan varios artículos de la ley 15-19, orgánica de régimen electoral, principalmente las disposiciones sobre los niveles de elección y el método de escogencia de los senadores, alcaldes y directores de distritos municipales.
La Ley Electoral
Las impugnaciones a la Ley Electoral procuran principalmente la eliminación del párrafo IV del artículo 104, que dispone que a los candidatos a senadores se les computarán los votos obtenidos por el partido en la provincia; a los acaldes, los del municipio, y a los directores de distritos municipales, los emitidos en los distritos municipales correspondientes.
También fueron impugnados los numerales 5, 6, 7, 8 y 9, que contemplan 4 niveles de elección, presidencial, senatorial, de diputaciones y municipal. Además fueron objetados los artículos 131 y 132, que prohíben las alianzas entre las agrupaciones políticas y entidades de alcance provincial, municipal o en el Distrito Nacional.
La audiencia será celebrada a las 9:00 de la mañana, en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, donde acostumbra a sesionar el Pleno del TC por falta de espacio en el local que ocupa.
(ListinDiario)