La institución explicó que solo podrán circular los camiones de no más de una cola autorizados por el Intrant, y que acarreen combustible, agua, leche, cerdos, pollos, alimentos perecederos en corto tiempo y aquellos que transporten objetos para eventos.
El permiso para la circulación de los mismos se puede obtener en la sección “Solicitud de Permiso Carga”, en el portal de la institución.
Asimismo, el órgano regulador del transporte reiteró que la velocidad máxima permitida para los vehículos de carga es de 70 kilómetros por hora, y siempre que circulen por el carril derecho de las vías.
“Quedan exentos de esta prohibición las camionetas, furgonetas, ambulancias y vehículos de servicios de emergencias, de agua, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento vial y de higiene urbana”, comunicó la entidad a través de sus redes sociales.
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