TSE rechaza acciones contra el PLD y el PRM
El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible, por extemporánea, la demanda en nulidad interpuesta por los dirigentes peledeístas Paíno Abreu, Melanio Paredes y Félix Castillo, contra los puntos 6 y 14 del acuerdo suscrito por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y contra su ratificación en la Asamblea de Delegados, que pospuso la celebración del IX Congreso Ordinario en el que se deberán renovar las autoridades.


El TSE consideró, en la sentencia emitida ayer, que la demanda fue incoada en violación del plazo de 30 días previsto en el artículo 117 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. El acuerdo del Comité Político fue suscrito el 28 de mayo de 2015 y ratificado el 30 de agosto de ese mismo año.  


La demanda fue interpuesta ante el TSE el 3 de octubre 2018.  


Contra el PRM


El TSE también declaró inadmisible, por extemporánea, la demanda en nulidad interpuesta el primero de octubre de 2018 por el dirigente perremeísta Elmy Abelardo Piña Suero, contra la Convención Nacional del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la que fueron electas sus autoridades.  Tampoco admitió la demanda en nulidad contra la convención del PRM en el municipio Las Salinas, Barahona. 


(ListinDiario)

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Escrito Por Redacción A
Wednesday, February 27, 2019
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