Así lo determino la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación, tras acoger una recusación presentada por el ministerio público en contra de los jueces del Segundo Tribunal Colegiado, quienes ya habían iniciado la fase de juicio de fondo.
El tribunal de alzada en ese sentido, apoderó al Primer Tribunal Colegiado para que conozca el expediente seguido a los imputados Brayan Peter Feliz Paulino, Francisco Alberto de Jesús Caraballo, Elvin Roberto Rogers Rodríguez, Javier de Jesús Fernández Perelló y Reyvi David Corporán Adames.
Sin embargo, la Corte precisa que en ocasiones anteriores sobre recusación contra jueces, ha expresado su parecer de que no es posible admitir una recusación contra un juez o jueces cuando la misma se fundamenta en el hecho de que el juez o tribunal haya fallado contra una pretensión de una de las partes.
La Corte tomó como argumento para declinar el caso, también el hecho de que los ánimos entre las partes se encentraban cargados por la situación, además de que resulta pertinente devolver la armonía perdida.
Se recuerda que los jueces del Segundo Tribunal Colegiado, Teófilo Andújar, Yissell Soto y Clara Castillo, fueron recusados en audiencia por el fiscal adjunto Eduardo Velásquez, alegando que estos mediante decisiones adoptadas permitieron la incorporación de un documento que no es parte del proceso y que dicha conducta afecta la imparcialidad y el debido proceso de ley, afirmando que el tribunal estaba parcializado con la defensa del imputado Rodgers Rodríguez.
(ListinDiario)