El tribunal presidido por Miriam Germán Brito, e integrado por Alejandro Moscoso Segarra, Frank Soto, Esther Agelán Casasnovas e Hiroito Reyes tomó la decisión al rechazar un recurso de casación interpuesto por el exdiputado Manuel Jiménez, quien buscaba que dicho acuerdo fuera dejado sin efecto.
El tribunal sostiene que conforme a lo establecido en el artículo 425 del Código Procesal Penal, la casación es admisible contra las decisiones emanadas de las Cortes de Apelación en caso en que se pronuncien condenas o absolución, cuando pongan fin al procedimiento o cuando deniegan la extinción o suspensión de la pena.
La sentencia de la Suprema Corte señala, además, que conforme al artículo 426 del referido código, el recurso de casación procede exclusivamente por la inobservancia o errónea aplicación de disposiciones de orden legal, constitucional o contenidas en los pactos internacionales en materia de derechos humanos.
El recurso fue interpuesto por Jiménez a través de los abogados Manuel Sierra, Rigoberto Rosario y Daniel Izquierdo, en contra de la decisión de los jueces de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Ese tribunal, el 31 de mayo del 2017, declaró inadmisible un recurso de apelación en contra de la decisión del juez del Tercer Juzgado de la Instrucción, Danilo Amador Quevedo, que holomogó el acuerdo entre el Ministerio Público y Odebrecht, en la que ésta ultima se compromete a retribuir US$184 millones al Estado dominicano por sobornos pagados para la adjudicación de obras públicas.
El tribunal tomó la decisión de acoger la solicitud de autorización para la aplicación de un criterio de oportunidad presentado por el procurador Jean Alain Rodríguez y el abogado representante de Odebrecht, Robert Valdez.
El acuerdo entre las partes se produjo después de que fueran allanadas las oficinas de Odebrecht en el país, e interrogados su gerente general, Marcelo Hofke, y el representante comercial, Ángel Rondón, así como varios exfuncionarios de distintas administraciones.
El acuerdo contempla un pago de US$30 millones inmediato y el resto será desembolsado en ocho años, mediante pagos anuales hasta enero de 2025.
(ListinDiario)