Según esa distribución, a las provincias Barahona, Duarte, Espaillat, Monte Plata, La Vega, San Pedro de Macorís y San Cristóbal les quitan un diputado para las próximas elecciones.
Si los partidos no tienen reparo, para las próximas elecciones saldrán electos sólo tres diputados en Barahona y Monte Plata; cuatro en Espaillat y San Juan; cinco en Duarte y San Pedro de Macorís, mientras que La Vega y San Cristóbal quedarán con siete y diez, respectivamente.
Estos ocho diputados serían escogidos entonces, siete en la provincia Santo Domingo, que aumentará de 36 a 43; y uno en La Altagracia de 4 a 5.
El proyecto de Resolución redistribuye los 178 escaños de la Cámara de Diputados en base a la población por provincias según los resultados del último Censo Nacional de Población y Vivienda.
Los partidos políticos reconocidos contarán con 30 días calendarios para presentar sus comentarios y observaciones al proyecto de resolución.
De conformidad al artículo 81, numeral 1) de la Constitución Dominicana, la Cámara de Diputados estará compuesta por “ciento setenta y ocho diputadas o diputados elegidos por circunscripción territorial en representación del Distrito Nacional y las provincias, distribuidos en proporción a la densidad poblacional, sin que en ningún caso sean menos de dos los representantes por cada provincia.”
Con dicho artículo, la Constitución de 2010 cambió el criterio de distribución de escaños por provincia, que hasta ese año fue el de un diputado por cada 50,000 habitantes o fracción mayor a 25,000.
Las once provincias a las que les son asignados dos diputados, por su densidad poblacional son las de Pedernales (31,587 habitantes); Independencia (52,589); Santiago Rodríguez (57,476); San José de Ocoa (59,544); Elías Piña (63,029); Dajabón (63,955); Hato Mayor (85,017); El Seibo (87,680); Hermanas Mirabal (92,193) Bahoruco (97,313): Samaná (101,494); y Montecristi (109,607).
Mandato de la Constitución
La JCE aclara que esta distribución se hace atendiendo al mandato de la Constitución de 2010 que congela la matrícula de la Cámara de Diputados en 178. La base poblacional por diputado se establece en 55,479. Empero, se dispone la asignación de dos diputados para 11 provincias que no alcanzan una cifra significativa para la referida asignación.
(DiarioLibre)