Jueza dio permisos a reclusos peligrosos
La Procuraduría General informó que fueron retornados a sus centros 42 internos beneficiados con permisos emitidos irregularmente por Katherine Rubio Matos, jueza interina del Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de San Cristóbal.


La institución explicó que el Ministerio Público logró la revocación del auto No. 301-01-1289-2017, del 29 de diciembre del 2017, emitido por dicha magistrada.


Los reclusos que habían salido fueron llevados al Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Hombres, 20 internos; 14 al Centro Abierto de Mujeres Sabana Toro, y 8 internas que guardaban prisión en Najayo Mujeres, en adición a los que no se les permitió la salida al momento de identificar las citadas irregularidades. Muchos de los favorecidos son personas acusadas por el Ministerio Público de sicariato, violación a la ley de tráfico de drogas, homicidio agravado y violación sexual; todos, crímenes tipificados por el Código Penal dominicano como graves.


La Procuraduría reiteró que “gracias a una acción rápida por parte del Ministerio Público, que se percató de la situación, solicitó la suspensión inmediata, mediante la revocación del referido auto, alegando la peligrosidad y vulnerabilidad de cada uno de los beneficiados, tomando en cuenta los procesos por los cuales fueron condenados, como son el caso Paya, el caso Figueroa Agosto y el caso Florián Féliz, entre otros”.


La revocación del auto se fundamenta en las disposiciones del artículo 292 del Código Procesal Penal, donde indica que cuando el juez debe resolver peticiones, excepciones o incidentes en los que se verifique la necesidad de ofrecer prueba o resolver una controversia, convocará a una audiencia dentro de los cinco días de su presentación.


La Procuraduría explicó que los requisitos no observados, en todo o en parte por la referida jueza, establecidos en el reglamento para salidas temporales de los internos sin custodia, son evaluación y acta de la comisión de evaluación y sanción, previa solicitud de la parte interesada, evaluación psicológica, jurídica, de educación, asistencia social, médica y de seguridad.


Igualmente, el reglamento establece que debe realizarse una prueba de dopaje y de embarazo, un estudio de campo de seguridad y de asistencia social.


(ElCaribe)

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Escrito Por Redacción A
Tuesday, January 2, 2018
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