La institución explicó en un comunicado de prensa, que la procuraduría de la corte del departamento judicial de San Cristóbal solicitó la suspensión inmediata al Juez de la Ejecución de la Pena de ese departamento judicial, en virtud de la no observancia de los requisitos previamente establecidos en el reglamento para otorgar permisos especiales a privados de libertad.
En ese sentido, la PGR explicó que dicha solicitud tiene un efecto suspensivo, por lo que ordenó al NMGP suspender la ejecución de la Resolución contenida en el auto NO. 301-01-1289-2017.
Explicó que los requisitos no observados en todo o en parte por la referida jueza establecidos en el reglamento para salidas temporales de los internos sin custodia, son: evaluación y Acta de la comisión de evaluación y sanción, previa solicitud de la parte interesada, evaluación psicológica, jurídica, de educación, asistencia social, médica y de seguridad.
Igualmente, el reglamento establece que debe realizarse una prueba de dopaje y de embarazo, un estudio de campo de seguridad y de asistencia social. Se debe levantar un perfil de seguridad, debe de existir la recomendación de la subordinación del medio libre dirigida al coordinador nacional, y el interno debe haber salido mínimo 6 veces con custodia.
Señala el documento enviado a la prensa, que otro factor a tomar en cuenta, es la gravedad de los hechos por lo que muchos de esos internos guardan prisión, destacando que se trata de personas acusadas por el Ministerio Público de haber cometido sicariato, violación a la ley de tráfico de Drogas, Homicidio agravado y violación sexual; todos, crímenes tipificados por el Código Penal Dominicano como graves.
Los centros penitenciarios donde guardan prisión esos internos son Najayo Mujeres, Najayo Hombres, Centro Abierto para Mujeres Sabana Toro, y el CCR 20 de San Cristóbal (antiguo Najayo Menores).
(Fuente: El Nuevo Diario)