Indica que algunos duermen durante el día en las iglesias, escuelas y espacios libres, porque en la noche se les hace casi imposible conciliar el sueño por las precarias condiciones, ya que se ven obligados a dormir en el piso, en los baños, guindados en escaleras, tanques y en hamacas.
Pero esa problemática, según muestra el informe, no es solo en La Víctoria. Indica que la cárcel que funciona en la fortaleza San Fernando, de Monte Cristi, 110 presos duermen en el suelo y a la intemperie, o sea, sin cobijo o techo “llueva, truene o ventee”, equivalente al 28% de los internos.
Dice que ese problema se debe a la extrema sobrepoblación de ese penal, que a final del 2016 tenía alojado 383, aunque tiene capacidad para 75, resaltando que ese recinto es uno de los que se encuentran en condiciones más precarias.
Otra cárcel donde los reclusos duermen en el suelo es la del kilómetro 15 de Azua, donde cerca del 50 por ciento de los presos durmió a la intemperie, algunos con colchas, otros no, conforme al informe anual 2016 de la ONDP, el cual fue publicado en julio del 2017. La ONDP, que dirige la doctora Laura Hernández, señala que la falta de presupuesto adecuado o su correcta distribución, entre otros factores, impiden que los internos cuenten con alimentación de calidad.
Indica que durante un recorrido por recintos carcelarios encontraron que los centros cuentan con escasos recursos alimenticios para satisfacer las necesidades de estos. Señala que se evidenció que la alimentación es irregular.
Discriminación
El reporte recoge otros problemas que define como discriminación hacia la población penitenciaria, que es la existencia de espacios dentro de las mismas cárceles donde los internos están en la imposibilidad de ponerse en contacto con los demás.
“En sentido concreto, los centros de reclusión tradicional no cuentan con la infraestructura que garantice el derecho a la dignidad de los internos, ya que se mantienen en condiciones menos dignas que las que se le brindan a muchos animales”, señala la ONDP en el documento.
Resalta que la Comisión de Derechos Humanos dispone, en los Principios y Buenas prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, “la prohibición legal del ingreso de internos por encima del número de plazas establecido”.
(Fuente: Listin Diario)