A través de una nota de prensa, la entidad recordó que esa fecha “no se cambia” y señaló que la clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores el martes siguiente, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
“La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país”, acotó, sin embargo dijo que las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.
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