En ese sentido, advirtió que “queda terminantemente prohibido” que los miembros de la Policía “conduzcan vehículos sin estar provistos de sus licencias de conducir, seguros, matrículas y quienes conduzcan motocicletas deben de tener puestos el casco protector para evitar confrontaciones con miembros de la AMET”.
Así se lee en un documento enviado a los departamentos de la Dirección de Investigaciones Criminales, que señala que los artículos 152,153,155,156 de la citada Ley Orgánica de la Policía establece sanciones disciplinarias a sus miembros por incumplimiento y que incluye la suspensión sin disfrute de salarios por hasta 90 días o la destitución, cuando la falta sea muy grave.
La circular, firmada por el director central de investigaciones de la Policía, Ney Aldrín Bautista Almonte, explica que la medida busca dar “cumplimiento a la nueva Ley sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial a fin de no entorpecer las labores de los agentes de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET).
(Diariolibre.com)