La apertura a juicio dictada en contra de los acusados incluye la calificación jurídica de lavado de activos, que en lo que respecta al acusado Jean Alain Rodríguez consiste en realizar múltiples acciones a través de terceros con fondos económicos extraídos de la Procuraduría General de la República, adquirir bienes millonarios producto de estos actos de corrupción, así como no declararlos en sus declaraciones juradas de bienes.
En ese sentido, el juez ordenó que no se le devolvieran a Jean Alain Rodríguez, principal acusado del caso, una villa ubicada en Casa de Campo, un lujoso apartamento, un yate, varios terrenos en Santo Domingo, un costoso local de oficinas, entre otros, al tiempo que acogió la acusación del Ministerio Público contra el exprocurador de enriquecimiento ilícito por actos de corrupción.
La decisión del juez se dio a conocer durante la lectura detallada del acto de apertura a juicio que inició a las 9:00 a.m. del pasado viernes, 28 de junio y terminó a la 01:00 a.m. del sábado 29.
Al respecto, el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución contra la Corrupción Administrativa (PEPCA), Wilson Camacho, aseguró que la decisión del juez era una “victoria contundente” para el Ministerio Público.
Rodríguez y los demás señalados son acusados de incurrir en actos de corrupción como soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos durante su gestión como máximo representante del Ministerio Público (2016-2020), proceso durante el cual, según el expediente acusatorio, fueron malversados seis mil millones de pesos. En la acusación, figuran, además, 41 personas físicas y 22 empresas.