La prórroga está contemplada en el artículo 37 de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, en el que se indica que el plazo original para la implementación podrá ser extendido para aquellos contribuyentes que enfrentan limitaciones en el proceso.
La información fue compartida este martes por la entidad a través de un documento informativo en el que destaca que no se dará prórroga a los contribuyentes que no hayan iniciado el procedimiento de implementación o no hayan demostrado una causa ajena o extraordinaria que justifique la necesidad del plazo adicional.
Una vez vencido el plazo de implementación o de prórroga, las personas que no hayan completado el proceso de certificación para ser emisores electrónicos incurrirán en infracciones tributarias sujetas a las sanciones previstas en la ley, las cuales pueden conllevar al arresto.
Los datos más actuales sobre el proceso
Las cifras más recientes de la DGII indican que hasta marzo 915 contribuyentes ya son emisores de factura electrónica, los cuales han emitido más de 288 millones de comprobantes fiscales y 1,874 se encuentran en proceso de certificación.