Mediante un comunicado, el órgano de elecciones estableció que la imagen del presidente Luis Abinader no podrá estar en vallas, letreros y afiches relacionadas con la promoción de ejecutorias y acciones de gobierno hasta que no pasen las elecciones de mayo próximo.
Precisó que la ley 20-23 de Régimen Electoral es clara en cuanto a la publicidad de los actos de Gobierno a nivel nacional, los que no podrán contener "elementos que promuevan directa o indirectamente" a que se ejerza el voto a favor de los candidatos.
"En el caso del actual presidente de la República, que ostenta la condición de candidato presidencial para optar por un nuevo mandato, la JCE, en aras de garantizar el principio de equidad en la contienda que exige la Constitución de la República y la Ley 20-23, del Régimen Electoral, dispone que, a partir del dictado del presente comunicado, las vallas, letreros y afiches relacionadas con la promoción de ejecutorias y acciones de gobierno, no podrán contener, el nombre, la fotografía o imagen del presidente y candidato, hasta concluidas las elecciones, en virtud de que dichos elementos pueden traducirse en esquemas de promoción indirecta hacia el electorado, generando, a su vez un desequilibrio en la competencia respecto a las demás candidaturas presidenciales que están compitiendo en el actual certamen electoral", indica la JCE.
De igual modo, insta a los ministros y demás funcionarios de las instituciones públicas a abstenerse de incluir en la publicidad de sus instituciones o en actividades, la figura de cualquier candidato que vaya a participar en las elecciones de mayo, lo que incluye al presidente Abinader. Se incluye en las mismas condiciones a la vicepresidente, ya que es la compañera de boleta del mandatario.
Regulación para funcionarios del sector bancario
El organismo electoral, en su comunicado, establece regulaciones especiales para los funcionarios públicos del sector bancario que pertenecen al Estado dominicano, para que durante la campaña electoral mantengan "neutralidad respecto a los candidatos y se abstendrán de realizar desde dichas instituciones promociones y activismo político a favor de cualquiera de los candidatos".
Los funcionarios de los ayuntamientos actuales y los que tomarán posesión de sus cargos el 24 de abril, no podrán utilizar esas instituciones como plataforma para apoyar a los candidatos que competirán en las elecciones de mayo.
"Durante la campaña electoral, la Liga Municipal Dominicana (LMD) deberá mantener neutralidad en su accionar y observar las mismas reglas previstas para las autoridades de los ayuntamientos", exhorta la JCE.
También, se prohíbe la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y la alcaldía hasta concluidas las elecciones congresuales y presidenciales.
Los miembros activos de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, funcionarios y empleados de los organismos del Estado tienen prohibido "difundir propaganda electoral o llevar a cabo actividades propias de las campañas electoral".
Espacios prohibidos para celebrar actos públicos
Conforme la disposición, la celebración de reuniones o mítines políticos no podrán realizarse frente a iglesias, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja. La JCE señala en su comunicación que se prohíbe celebrar estos actos a menos a doscientos metros de hospitales, destacamentos y centros educativos.