En la audiencia, los abogados de la imputada presentarán su defensa ante el tribunal sobre los cargos que el órgano persecutor le imputa a su clienta.
Durante la pasada vista, la defensa solicitó al magistrado declararla inadmisible la lectura de la acusación contra Pilarte López, alegando supuesta “falta de formulación precisa de cargos”.
El incidente fue planteado por el abogado Luis Feliz, quien afirmó que lo que el órgano acusador leyó ante el juez Napoleón Estévez está sustentado en una serie de hechos “imprecisos, y de personas ajenas a la imputada” que no figuran como acusados en el proceso.
Agregó que en la acusación tampoco se configura el delito de lavado que se le atribuye a la legisladora del Partido Revolucionario Moderno (PRM), indicando que mover dinero no es un ilícito penal.
“El hecho per se de que usted tenga o movilice dinero no constituye un ilícito penal; el Ministerio Público tiene que indicar cuál es la actividad (que la diputada realizó) que constituye ese lavado de activos; qué dinero proviene de ilícito”, dijo la defensa de Pilarte.
Acusación contra Rosa Pilarte
Según la instancia del Ministerio Público, Rosa Pilarte se prestó para colocar en el mercado financiero más de 2,593 millones de pesos provenientes de actividades de narcotráfico de la red que encabeza su pareja y “no puede justificar la integración a la economía dominicana de esa cantidad de dinero”.
Resalta que el máximo salario que ha tenido la imputada por su trabajo de odontóloga en el Servicio Nacional de Salud (SNS) es de $36,120. También percibe RD$30,000 a través de la compañía Servi Crédito Gloria Ivette, empresa fachada en la que figuran como accionistas López Florencio y el hijo de ambos, Miguel Arturo López Pilarte, también imputado por este caso.
En la calificación jurídica preliminar, el MP le atribuye a la diputada Rosa Amalia Pilarte López violación a la Ley 155-17, Sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en República Dominicana, en el artículo 3, numerales 1, 2 y 3, y los artículos 6 y 9, numerales 1 y 2. También los artículos 3, 7, 8, 18, 19 y 21 de la Ley 72-02, Sobre Lavado de Activos, modificada por la 155-17.
Le imputa infringir la Ley 11-92, Sobre Régimen Tributario, en los artículos 10 y 11, literal B; el 204, numeral 1, y 222, numerales 4 y 6, así como los artículos del 232 al 236 y el 237, numeral 1. Continúa con el 238, numerales 2, 3 y 4, y el 239, párrafo III, numeral 2.
Finalmente, la acusa de violar la Ley Monetaria y Financiera (183-02), en el artículo 3 y el 68, numerales 1 y 10; el 70, literal A, numeral 1, y el 86, literal A.