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Juez Consoró dice lo destituyeron sin pruebas y basados en mentiras
A través de su cuenta de Twitter, el destituido juez, Juan Francisco Rodríguez Consoró, aseguró que fue destituido por el Poder Judicial sin fundamentos probatorios, violando sus derechos y «basado en mentiras».
El abogado, con maestría en derecho constitucional, fue destituido por supuestas faltas graves en el ejercicio de sus funciones luego de una suspensión de cuatro meses luego de que fuera investigado por aceptar dinero de acusados para emitir sentencias a su favor.
Casos de Consoró
Entre los casos más destacados por el juez Consoró, se encuentra el de la venta irregular de los terrenos del sector Los Tres Brazos en el que el magistrado dictó un no a lugar y negó enviar a juicio de fondo a los implicados.
Además, el entonces magistrado trató de inhibirse en el caso del homicidio del comunicador Manuel Duncan, perpetrado por el confeso responsable, Félix Alburquerque, ex director de la Dirección Nacional de Control de Drogas. Así como, en el caso de la Ucraniana Natalya Kasianova, acusada de barbarie y tortura contra un exnovio dominicano; y el caso del doctor masajista Iván Rosa, acusado de supuesta violación sexual a una clienta. En los tres casos la Corte de Apelación del Distrito Nacional le rechazó la inhibición.
En su cuenta de Twitter el exjuez posteó «A la comunidad jurídica nacional, por este medio informó que el Consejo del Poder Judicial, ordenó mi destitución, en primera instancia, sin fundamento probatorio, violando mis derechos, basados en mentiras y calumnias, parte del Ministerio Público y enemigos a lo interno».
Hasta el momento se desconoce si se abrirá un proceso penal en contra del exjuez Consoró o si se reabrirán los casos en los que el magistrado emitió un veredicto.
El Consejo del Poder Judicial señaló que “se ha constatado que el incumplimiento de los deberes y la inobservancia a las obligaciones por parte del magistrado Juan Francisco Rodríguez Consoró, ha generado repercusiones a la función de juez, comprometiendo su imparcialidad al punto de recibir recompensas, como pago de actos inherentes a su investidura al favorecer un imputado en un proceso penal; recibir pagos de abogados sin justificación alguna y asumir obligaciones y prestaciones con personas que guardan relación de la función judicial que desempeñen sin participación por escrito del órgano competente, como es el caso de los prestamos recibidos de su secretaria y por último hacer contacto o diligencia propias de una parte interesada y defendiendo intereses diferentes a los establecidos en el 86 del Código de Procedimiento Civil”.
Escrito Por
Redaccion
Thursday, April 6, 2023