Importación de armas de fuego no es para ciudadanos y solo serán transferibles entre empresas de seguridad
La resolución del MIP establece que las empresas importadoras no podrán exceder las cantidades de armas permitidas
El Gobierno autorizó la importación de armas de fuego tras 17 años de prohibición
El Ministerio de Interior y Policía (MIP) dispuso mediante resolución que las armas de fuego de uso civil que sean importadas por disposición del Decreto 30-23 estarán dirigidas de manera exclusiva a las empresas de vigilancia y seguridad privada y sólo serán transferibles cuando el traspaso opere entre dichas empresas por causa justificada.

La institución estableció que las causas que justifican el traspaso de las armas son “por cese en las operaciones de la empresa propietaria, por liquidación o por esta estar impedida de continuar prestando servicios de vigilancia y seguridad privada por disposición de la autoridad competente”.

“(Estas armas) sólo serán transferibles, cuando el traspaso opere entre empresas de vigilancia y seguridad por causa justificada que deberá ser autorizado por el MIP previa solicitud motivada y por escrito de traspaso”, detalló.

La decisión fue adoptada mediante la Resolución Núm. MIP-RR-0001-2023 para la aplicación del Decreto 30-23, que autoriza la importación de armas de fuego y municiones para el uso exclusivo de las empresas de seguridad privada, el cual fue emitido por el Poder Ejecutivo el pasado 7 de febrero y con el que se derogó el 309-06 que desde hace 17 años prohibía la entrada legal de armas de fuego al país.

Interior y Policía indica en el artículo 3 de la resolución que la cantidad de armas a aprobar para la importación por parte de las armerías autorizadas, será determinada por la necesidad de las empresas de vigilancia y seguridad privada registradas a la emisión del Decreto Núm. 30-23 y se permitirá la cantidad de municiones en función de las necesidades propias del sector. En ambos casos será con previa solicitud por escrito con la justificación de la cantidad a autorizar.

“Las solicitudes de autorización de importación serán evaluadas por la Dirección de Comercialización de Armas y Municiones del MIP de conformidad con la ley los reglamentos y las normativas vigentes que rigen la materia, para ser autorizados por del Ministro del MIP”, indica la resolución.
 
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Escrito Por Redaccion
Monday, April 3, 2023
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