La DGCP había solicitado que se declare inadmisible el recurso por ausencia de legitimación procesal activa del Minerd y de legitimación procesal pasiva de la DGCP, al no existir la posibilidad de que un órgano de una misma administración recurra la actuación y/o decisión de otro órgano de la propia administración.
Luego de la adjudicación de los lotes, por parte del Minerd, las empresas Aplex Security Solutions, S.R.L., García Tejera & Asociados, S.R.L., Tenedora Gaboc, S.R.L. e Inversiones Hizamar, S.R.L., que fueron excluidas, sometieron un recurso por ante la DGCP que dio origen a la resolución recurrida por ante el TSA.
La directora jurídica de la DGCP, Raquel Miranda, dijo que el Minerd desistió in voce del recurso. Lo que significa que la entidad no recurriría esta sentencia.
La noticia de la sentencia la comunicó el propio director de la DGCP, Carlos Pimentel en Twitter.
“Hoy recibimos otra sentencia del TSA que rechaza uno de los Recursos Contencioso Administrativo incoado por el MINERD en contra de la resolución RIC-135-2021 emitida por @ComprasRD en el marco del procedimiento de excepción para la adquisición de dispositivos tecnológicos.
“El TSA indica que @ComprasRD no ha violado los principios de coherencia administrativa y buena fe al pronunciarse sobre el procedimiento en cuestión, sino más bien anuló una parte del mismo por encontrarse afectada de vicios que conllevan su nulidad. Siempre actuamos en justicia”, escribió Pimentel en su mensaje.