En este momento, las organizaciones deben llevar a cabo un proceso que requiere además de cuidado, un análisis, con el fin de preservar el bienestar del adoptado. El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) se refiere a la Adopción, como una institución jurídica de orden público e interés social que permite crear mediante sentencia rendida al efecto, un vínculo de filiación voluntario entre personas que no lo tienen por naturaleza.
El artículo 122 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, dice que, podrán ser adoptados los huérfanos de padres y aquellos cuyos padres fueron privados de tutela.