(VIDEO) Ayuntamiento SFM y Ministerio Publico acuerdan imponer servicios sociales a imputados
SAN FRANCISCO DE MACORÍS.– La procuraduría fiscal de Duarte y el ayuntamiento municipal de esta ciudad firmaron la mañana de éste viernes, un convenio de cooperación y rehabilitación de imputados, el cual busca rehabilitar a personas en conflicto con la ley, cumplan con una condena de servicio social


El proceso será vigilado por el ayuntamiento municipal de esta ciudad, cuya institución deberá rendir informe del mismo de forma regular.

El mismo se firmó ante la presencia de connotados jueces, así como el procurador interino de la corte de apelación de esta provincia Duarte, Amado José Rosa, quien valoró como positiva la iniciativa de ambas instituciones.

En medio de un documento, las instituciones explican de la siguiente manera la consistencia del acuerdo:

El controlador del cumplimiento adecuado de las sentencias condenatorias de conformidad con los principios de legalidad de dignidad de las personas humanas de imparcialidad o no discriminación resocialización como finalidad de la pena y el debido proceso.

El controlar del cumplimiento de las condiciones de la suspensión condicional de la pena y en caso de violación por El condenado de las obligaciones impuestas ordenar la suspensión y proceder la ejecutoriedad de la sentencia para su cumplimiento íntegro en virtud del artículo 341 del código procesal penal.

Que por más consideraciones anteriores el ayuntamiento municipal de San Francisco de Macorís representado en la forma antes dicha y el procurador fiscal de San Francisco de Macorís acuerdan lo siguiente.

Primero – El tiempo y las condiciones particulares dentro de los cuales la persona prestara el servicio comunitario establecido en el artículo será solicitado exclusivamente por el Ministerio Público y ordenado por el juez no teniendo el ayuntamiento municipal ninguna participación en esa parte procesal previo a que se ordene la medida.

Segundo – Se compromete el ayuntamiento municipal a que una vez ordenado por juez competente una labor comunitaria a un imputado acordar con s en qué área de los servicios municipales prestar a la labor de la persona sujeta a dicha medida acordando en ese los detalles y formalidades necesarias para la correcta y satisfactoria ejecución de la correspondiente resolución judicial.

Tercero Queda entendido entre las partes firmantes de este acuerdo que las personas sujetas al cumplimiento de alguna función comunitaria en el Cabildo local No tendrán ninguna categoría dentro de los términos de la ley de función pública por lo que no podrán exigir ningún otro derecho que no sea los contenidos en la decisión que ordena la medida y los que le garantiza la Constitución y las leyes pero nunca una categoría laboral.

 

Cuarto Que el ayuntamiento del municipio de San Francisco de Macorís Se compromete al acompañamiento del ciudadano en el cumplimiento de la decisión que fije la medida garantizando optimizar sus fines siendo además obligación del ayuntamiento llevar un registro de las personas sujetas a estas medidas y en cualquier momento del desarrollo de su cumplimiento y al finalizar la misma ofrecer una certificación sea a solicitud del ministerio público del tribunal lo de la parte misma sujeta a la medida en la que se indique el tiempo de laboral de la persona en el Cabildo el tipo de labor que esté realizando o que haya realizado la conducta de la persona en cuestión en relación a la realización de la labor asignada y cualquier otro señalamiento que permita hacer una valoración de su desempeño a los fines de toma de decisiones.

Quinto Declaran las partes contratantes conocer que el fin perseguido en este acuerdo tiene Como fundamento esencial lograr la reinserción de los individuos en la sociedad por lo que se comprometen a que las personas sujetas a las medidas descritas en este acuerdo serán tratadas con pleno apego de respeto de su dignidad y total garantía de sus derechos fundamentales.

Sexto Se reserva el ayuntamiento municipal el derecho de que el caso de que una persona sometida a una labor comunitaria municipal adopte una conducta inapropiada que se torpe inmanejable para el Cabildo comunicarlo de inmediato al ministerio público para que sea este órgano que determina la suerte de esa persona.

Séptimo Se compromete el ayuntamiento municipal de San Francisco de Macorís a que la persona que se encuentra en sujeta al cumplimiento de labor comunitaria en el Cabildo y que demuestren seriedad y eficiencia en el cumplimiento de las labores encomendadas utilizarlos en las posibles vacantes o puestos de trabajo municipal dentro de las posibilidades administrativas y financieras del ayuntamiento y como un aporte a la reinserción satisfactoria de estos ciudadanos a nuestra sociedad.

Octavo Que para lo no previsto en este acuerdo las firmantes se remiten al procedimiento penal existente a los usos y costumbres a las leyes ordinarias y a la Constitución de la República como supletorios en caso de algún vacío o insuficiencia de los términos de este acuerdo.

Este acuerdo aprobado por la procuraduría de la provincia Duarte,  fue también aprobado por el Concejo de Regidores en sesión ordinaria de fecha 07 de junio del año 2018.


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Escrito Por Agenda56
Friday, August 3, 2018
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